Asegúrese de que las cláusulas de no competencia de su empresa sean ejecutables

Posted on Jun 15, 2022 by Ryan Sprouse

Las cláusulas de no competencia son una herramienta esencial que protege a las empresas de la competencia desleal debido a que un empleado acepta trabajo en una empresa competidora y, como tal, deben tomarse en serio cuando se produce una infracción. Muchos estados, incluida Florida, han creado limitaciones al alcance de las cláusulas de no competencia que pueden plantear problemas a la capacidad de su empresa para hacer cumplir sus acuerdos existentes. Asegúrese de que su acuerdo de no competencia cumpla con estas importantes restricciones para evitar el riesgo de daños graves a su empresa, en caso de que un ex empleado decida aceptar empleo en un competidor.

El alcance es fundamental

El “alcance” o amplitud de su acuerdo de no competencia es el aspecto principal que determinará su aplicabilidad. Los acuerdos de no competencia que se consideren “demasiado amplios” o excesivamente restrictivos no serán ejecutables en los tribunales. La ley de Florida proporciona algunas pautas sobre lo que se considera razonable en términos de alcance para los acuerdos de no competencia, y podemos entender lo que es aceptable si echamos un vistazo a cómo los tribunales han dictaminado en el pasado.

En primer lugar, la cláusula de no competencia debe utilizarse para proteger sus propios intereses comerciales legítimos. Su empresa no puede impedir que un empleado trabaje en un puesto similar a menos que sea pertinente para proteger el valor de su empresa. Entre las razones comúnmente aceptadas para hacer cumplir las cláusulas de no competencia se incluyen la protección de secretos comerciales o información confidencial, como un proceso especializado o una capacitación especializada que su empresa proporcionó a los empleados y que aportaría un valor sustancial a un competidor.

Una de las razones más comunes por las que los acuerdos de no competencia no siguen siendo ejecutables es la duración por la que restringen a un empleado. Los acuerdos no pueden impedir permanentemente que un empleado trabaje en un puesto similar y deben seguir siendo razonables para el interés que protegen. La ley de Florida ha establecido que una duración razonable es de dos años. Si su empresa opta por una duración superior a dos años, asegúrese de que esté justificada para hacerlo; de lo contrario, corre el riesgo de que su acuerdo no sea ejecutable.

El área geográfica que restringe su cláusula de no competencia también es relevante para su aplicabilidad, ya que las empresas no pueden restringir el empleo de los empleados en áreas en las que no tienen un interés comercial activo. Al igual que con la duración de su acuerdo, asegúrese de que la restricción geográfica sea razonable y no excesiva.

Es fundamental actuar rápidamente ante una posible infracción de la cláusula de no competencia para evitar daños a su empresa. Póngase en contacto con Trembly Law hoy mismo al (305) 985-4571 para obtener una representación rápida y eficiente que proteja los intereses de su empresa.

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