Incorporar una empresa significa que usted y otros socios, propietarios o miembros de la empresa han creado una entidad corporativa que está separada de sus activos y finanzas. Las partes interesadas internas y externas pueden presentar demandas contra la empresa; cualquier sentencia resultante de esas demandas se aplicará a la empresa y no a sus propios activos. Este velo corporativo que lo divide a usted y a la empresa es una característica atractiva de las corporaciones y las sociedades de responsabilidad limitada (LLC).
Sin embargo, los propietarios no están completamente protegidos en todos los casos. A veces, las circunstancias exigen que se levante el velo corporativo y se persigan los bienes personales o el dinero de un propietario para saldar una deuda comercial o una sentencia. Deben existir condiciones específicas para que se levante el velo corporativo en Florida.
Alter ego o mera instrumentalidad
La jurisprudencia de los tribunales de Florida ha moldeado los estándares necesarios para levantar el velo corporativo. Un componente importante que debe existir es que se debe demostrar que la empresa es un alter ego del propietario/infractor. En otras palabras, la entidad corporativa no era independiente del infractor y, en cambio, simplemente existía como una extensión del propietario.
Una forma habitual de que una empresa se convierta en el alter ego de un propietario es que este mezcle fondos personales y empresariales. Por ejemplo, un propietario puede pagar una comida personal o unas vacaciones con dinero de la empresa. Los accionistas y empleados de una empresa deben recibir una determinada remuneración, independientemente de que un accionista o empleado sea también el propietario.
Otra señal de alerta que podría indicar una situación de alter ego es que el propietario no tenga una cuenta bancaria separada para la empresa. No cumplir con las formalidades corporativas, como no celebrar reuniones periódicas de la junta directiva o no presentar los documentos requeridos, también juega en contra del propietario de la empresa. La capitalización inadecuada de la empresa también puede utilizarse para demostrar el componente de alter ego.
Propósito o conducta indebida
Una vez que se establece que una corporación o LLC es simplemente un alter ego del propietario, el demandante debe demostrar que el propietario actuó de manera indebida. Esto suele ser más difícil que satisfacer el componente del alter ego. Una forma en que los demandantes pueden demostrarlo es probando que la empresa se formó con algún propósito ulterior y no para ganar dinero para los accionistas. Engañar a los accionistas y acreedores también puede ayudar a establecer una conducta indebida por parte de los propietarios.
Formar una LLC o corporación es el primer paso
Decidir constituir su empresa puede ser una forma importante de hacerla crecer y, al mismo tiempo, brindarle una mayor protección. Sin embargo, simplemente iniciar una LLC no es suficiente para garantizar esas protecciones. Debe mantener la empresa y cumplir con ciertas obligaciones para garantizar que su LLC realmente esté trabajando para usted. Trembly Law Firm puede ayudarlo a lograrlo. Llámenos al (305) 985-4574 para ver qué podemos hacer por usted.
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