El bufete de abogados Trembly defiende con éxito a un cliente contra un reclamo de horas extra y salario mínimo en virtud de la FLSA en un arbitraje y obtiene un fallo importante que establece que el originador del préstamo hipotecario era un «empleado exento» según la FLSA
Se ha producido una oleada de nuevas reclamaciones presentadas por originadores de préstamos hipotecarios que alegan violaciones de las horas extra y del salario mínimo en virtud de la Ley de Normas Laborales Justas (FLSA). Si bien muchas compañías hipotecarias han tratado de defender estas reclamaciones argumentando que los originadores de préstamos hipotecarios están exentos como vendedores externos, los resultados han sido poco consistentes. Esto ha provocado que varias compañías hipotecarias pasen muchas noches sin dormir debido a la falta de una orientación importante sobre el tema.
El bufete de abogados Trembly fue contratado para defender a una gran empresa hipotecaria (“demandado”) en un arbitraje presentado por un originador de préstamos hipotecarios (“demandante”). El demandante había firmado un contrato para vender y originar hipotecas para el demandado. El contrato describía sus obligaciones de trabajar fuera de la oficina y fuera de su casa. El demandante argumentó que nunca trabajaba fuera de su casa y que trabajaba más de 60 horas a la semana.
Desde el principio, el equipo de litigios de Trembly Law identificó que el principal argumento a favor de la empresa era argumentar que el originador del préstamo hipotecario estaba exento bajo la FLSA como vendedor externo.
El abogado principal, Kevin Pardiñas, se hizo cargo de la defensa. El Sr. Pardiñas se puso a trabajar, argumentando que el contrato describía claramente los deberes y obligaciones del demandante y que nunca hubo conocimiento ni acuerdo por parte del demandado para que el demandante trabajara desde su casa y dejara de salir a la comunidad para generar préstamos. Al final, el Sr. Pardiñas logró convencer al árbitro para que determinara que el originador del préstamo hipotecario era un vendedor externo, exento de los requisitos de la FLSA. El árbitro se dejó persuadir por el argumento de que el demandante no podía cambiar unilateralmente sus deberes y obligaciones, sin notificar a su empleador, y luego presentar una reclamación de FLSA «sorpresa».
Si bien la decisión del arbitraje no es vinculante para un tribunal de justicia, es una decisión muy bienvenida a favor de los empleadores (especialmente las compañías hipotecarias) y proporciona una orientación muy necesaria sobre qué hacer (o no hacer) con los originadores de sus préstamos hipotecarios.
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(Acerca de la firma) — Bufete de abogados Trembly
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