Los aspirantes a empresarios de Florida suelen plantearse la siguiente pregunta: ¿qué entidad debo seleccionar al crear mi empresa? Esta es un área de la que la mayoría de los empresarios saben poco. Familiarizarse con la selección de entidades es algo que los aspirantes a empresarios deberían considerar seriamente. La razón es que hacerlo puede brindar beneficios significativos. Una de las principales razones por las que los dueños de empresas no saben nada sobre la selección de entidades es que este tema contiene mucha jerga empresarial extraña. Sin embargo, una vez que supere este obstáculo, verá que la selección de entidades se puede entender sin demasiadas complicaciones.
En esta publicación, repasaremos algunas de las entidades entre las que los empresarios de Florida pueden elegir. Una vez más, el proceso de selección de la entidad es tremendamente importante, por lo que los empresarios en ciernes deben tomar este asunto en serio.
Empresa Unipersonal
Tal como lo indica su nombre, una empresa unipersonal es una entidad que consta de un solo socio. En el caso de una empresa unipersonal, la entidad comercial no está separada de su propietario a efectos fiscales o de responsabilidad; esto significa que los activos personales del propietario pueden embargarse para satisfacer las deudas o pasivos de la empresa. Las empresas unipersonales son entidades de transferencia, lo que significa que los ingresos generados por la entidad pasan al propietario y se declaran en la declaración de impuestos sobre la renta personal del propietario. Las empresas unipersonales pueden estar registradas formalmente en el estado, pero también se crean automáticamente cuando una persona obtiene ingresos de forma independiente. En otras palabras, si trabaja por cuenta propia, ha creado una empresa unipersonal, incluso si no se ha tomado el tiempo de registrar formalmente su negocio en el estado.
Sociedad de responsabilidad limitada
La sociedad de responsabilidad limitada (LLC) es uno de los tipos de entidad más comunes en el estado de Florida y en todo el país. Las LLC suelen ser las preferidas por las pequeñas y medianas empresas. Las LLC ofrecen a los accionistas un acuerdo aparentemente favorable de impuestos indirectos y protección de responsabilidad. Con una LLC, las ganancias de la empresa fluyen a través de los accionistas (al igual que con una empresa unipersonal), pero los activos de los accionistas no se pueden utilizar para satisfacer las deudas de la empresa. Las LLC pueden ser «entidades ignoradas» en casos en los que solo hay un accionista; esto significa que todo lo que tenga la LLC en realidad será propiedad del accionista a efectos fiscales.
Cuerpo S y Cuerpo C
Además de una empresa unipersonal o LLC, los empresarios de Florida también pueden crear una corporación cuando crean una empresa. Las corporaciones se presentan en dos variantes básicas: la corporación S y la corporación C. En muchos sentidos, la corporación S es muy similar a la LLC. Las corporaciones S tienen impuestos de transferencia, por lo que todas las ganancias fluyen directamente a los accionistas; además, los activos de los accionistas están protegidos y no se pueden embargar para satisfacer las deudas o pasivos de la corporación S. Las corporaciones S pueden ser una buena opción si espera tener una cantidad mediana de accionistas (menos de 100), y esos accionistas preferirían evitar la doble imposición.
Las corporaciones C son únicas en el sentido de que estas entidades están sujetas a una doble tributación. Las corporaciones C se consideran entidades legales separadas y, por lo tanto, deben presentar y pagar impuestos sobre la renta sobre las ganancias como si fueran personas individuales. Además, los accionistas también deben pagar impuestos sobre los dividendos que obtienen de las ganancias corporativas. Esto significa que los ingresos generados por la corporación C se gravan tanto a nivel de entidad como a nivel de accionista (de ahí la «doble tributación»). Se podría pensar que esta doble tributación haría que las corporaciones C sean la entidad menos deseada; pero la verdad es que las corporaciones C ofrecen muchos beneficios a los accionistas. Por un lado, las corporaciones C pueden recaudar capital más fácilmente porque pueden ofrecer diferentes clases de acciones y otorgar diferentes derechos a cada clase. Las corporaciones C también pueden ser elegibles para ciertas ventajas fiscales que pueden no estar disponibles para las corporaciones S.
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Si está planeando abrir un negocio en algún momento en el futuro cercano en nuestro gran estado de Florida, idealmente una vez que se haya eliminado este coronavirus, seleccionar la entidad adecuada eventualmente será un tema importante para usted. Con suerte, esta introducción arrojará luz sobre este tema complejo. En el futuro, volveremos y discutiremos este tema con mayor detalle. Por ejemplo, profundizaremos más en las diferencias entre las corporaciones S y las corporaciones C, y las muchas otras entidades entre las que puede elegir (es decir, sociedades de responsabilidad limitada, sociedades generales, etc.). Si desea obtener más información sobre la selección de entidades, o si desea asesoramiento sobre un tema específico de selección de entidades, comuníquese con Trembly Law Firm hoy mismo . Llámenos hoy al (305) 985-4581 .
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