La constitución de una sociedad es un paso importante para cualquier empresa. Los beneficios de la constitución de una sociedad son ilimitados. Sin embargo, la razón principal por la que muchas empresas se incorporan es para permitir que sus empresas se beneficien de la responsabilidad limitada. Si el proceso de constitución es defectuoso, puede perder sus protecciones de responsabilidad limitada. En esas situaciones, es importante saber si tiene alguna posibilidad de salvación para protegerse en una posible demanda. Este artículo analiza cómo una corporación puede seguir protegiéndose en una posible demanda cuando el demandante ha sido impedido de negar la constitución de la sociedad.
La preclusión se produce cuando una parte no puede hacer valer una nueva posición basándose en el hecho de que anteriormente ha mantenido una posición opuesta a la que ahora afirma. En un contexto corporativo, esto se referiría a un tercero que trata en igualdad de condiciones con lo que cree que es una corporación. En el proceso, entiende que está tratando con una empresa que se acoge a la responsabilidad personal limitada. Como tal, ha calculado los riesgos que conlleva tratar con una corporación en comparación con tratar con sociedades que no tienen responsabilidad limitada. Aunque los tribunales ya no utilizan el término «corporación por preclusión», la doctrina sigue siendo válida en la jurisprudencia actual.
El proceso se desarrolla entonces de la siguiente manera: el tercero se da cuenta de que tiene una demanda contra la corporación, pero desea ir en busca de algunos bolsillos profundos dentro de la organización. Luego investiga y se da cuenta de que, a través de algún vacío legal, la corporación no se constituyó correctamente. El demandante se apresura entonces a acudir al juzgado para alegar que el demandado ya no es una corporación y, por lo tanto, no puede acogerse a la responsabilidad limitada.
Los tribunales desaprueban este tipo de acciones. Sería injusto permitir que un tercero busque lagunas legales para aprovechar la posibilidad de obtener una indemnización mayor. Como se indicó anteriormente, estos terceros comprendían los riesgos que implica tratar con una corporación y, por lo tanto, los tribunales no desean socavar la estructura corporativa cuando el demandante ya había tratado con el demandado en condiciones de igualdad como una corporación.
En resumen, incluso si su proceso de constitución fue defectuoso, no se pierde toda esperanza en lo que respecta a la responsabilidad limitada. Si ha tratado con una empresa que anteriormente reconoció su identidad corporativa, esa empresa no puede acusarlo de no ser una corporación. Una defensa adecuada puede garantizar que siga teniendo responsabilidad limitada. Llame hoy mismo al bufete de abogados Trembly al (305) 985-4574 para programar su consulta.
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