Cuando se opera en una sociedad, hay muchas situaciones en las que no es necesario dar autorización expresa a los socios para darles autoridad para obligar a la sociedad. La autoridad de un socio para obligar a una sociedad depende de la situación. De hecho, a menos que un tercero sepa que el socio con el que está realizando la transacción sabe que el socio no tiene autoridad para actuar de cierta manera, la sociedad puede estar vinculada por las acciones del socio incluso sin autorización expresa. Por lo tanto, como socio, es muy importante saber cuándo estará vinculado por las acciones de su socio.
La autoridad de un socio para obligar a la sociedad a realizar transacciones es bastante amplia. Abarca todas las transacciones que son evidentes en el curso ordinario de los negocios de la sociedad. Más específicamente, en Florida, que sigue la Ley Uniforme Revisada de Sociedades, una sociedad estará vinculada por las acciones del socio para continuar de la manera habitual en que opera el negocio de la sociedad, incluyendo negocios de un tipo similar llevados a cabo por la sociedad. La Ley Uniforme Revisada de Sociedades otorga una gran cantidad de autoridad a todos los socios. Determinar si un socio actuó o no dentro de su autoridad, y por lo tanto obligó a la sociedad por su decisión, dependerá no solo del negocio de la sociedad anterior, sino también de la costumbre del tipo de sociedad, y de si es o no previsible que la sociedad pueda, en algún momento, participar en una transacción de ese tipo.
Si bien la mayoría de las acciones de un socio vinculan a la sociedad, existen casos en los que es posible que al socio no se le haya permitido participar en determinadas transacciones y actividades. Por lo general, se trata de una cuestión que debe resolver el tribunal y dependerá de la costumbre del tipo de negocio en el que se desempeñe la sociedad. Si cree que un socio ha participado en alguna acción que no debería vincular a la sociedad y la ha perjudicado con dicha acción, es posible que pueda demostrar que la sociedad no debería estar vinculada. Al hacerlo, contar con un equipo legal con años de experiencia ayudando a los propietarios de empresas podría ser la diferencia. Llame hoy mismo al bufete de abogados Trembly, con años de especialización en ayudar a propietarios de empresas de todos los tamaños, al (305) 985-4574 para programar su consulta.
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