Conceptos básicos de las medidas cautelares preliminares
Cuando una persona o empresa inicia una demanda, probablemente busque uno de dos tipos de compensación: compensación monetaria o medida cautelar. La compensación monetaria simplemente significa que el litigante desea obtener una compensación financiera para compensar los daños o perjuicios. La medida cautelar, por otro lado, se produce cuando el litigante solicita que el tribunal adopte una medida particular contra el demandado. Por lo tanto, una “medida cautelar” es una orden judicial que impide a una parte hacer algo o la obliga a adoptar un curso de acción particular.
Un tribunal emite una orden judicial preliminar cuando existen motivos para creer que es necesaria una orden judicial inmediata para evitar que el demandante sufra daños. Esta orden judicial preliminar es temporal, por supuesto, pero puede volverse permanente según el resultado de la audiencia sobre el asunto subyacente. Si el demandado rechaza el asunto subyacente, la orden judicial preliminar se eliminará por completo.
Medidas cautelares preliminares de no competencia
En algunos casos, los tribunales emitirán una “orden judicial preliminar de no competencia” para proteger los intereses de un empleador contra un ex empleado. Los empleados suelen firmar acuerdos de no competencia para garantizar que los secretos comerciales y la información confidencial se mantengan seguros y para evitar que los empleados se pasen a la competencia en el mercado. Si un empleador tiene motivos para creer que un ex empleado o una empresa está violando los términos de un acuerdo de no competencia, ese empleador puede intentar ordenarle una medida cautelar para evitar daños. Si, por ejemplo, un empleador cree que un ex empleado está utilizando información confidencial para captar clientes, entonces ese empleador puede detener temporalmente esta conducta (a través de una orden judicial preliminar) mientras sigue adelante con un caso permanente contra el ex empleado.
Una orden judicial preliminar de no competencia tendrá las características básicas descritas anteriormente: el empleador deberá proporcionar algún fundamento sobre el cual solicitar la orden judicial, lo que significa algún motivo para sospechar que se producirán daños a menos que se conceda la orden judicial preliminar. Si se concede la orden judicial preliminar, se enviará una notificación al ex empleado o a la empresa y se programará una audiencia sobre el asunto.
Defensas ante medidas cautelares preliminares de no competencia
La pregunta es: ¿cómo puede una empresa defenderse de una orden judicial preliminar? O, ¿cómo puede un empleador defenderse de una orden judicial preliminar presentada por un ex empleado? Para que se conceda una orden judicial preliminar, la persona que solicita la reparación debe demostrar dos cosas: (1) debe demostrar que es muy probable que gane en base a los méritos del caso de que se ha violado la NCA, y (2) debe demostrar que la orden judicial preliminar es absolutamente necesaria para evitar un daño inmediato.
Por lo tanto, cuando se defiende contra una orden judicial de este tipo, es necesario socavar uno o ambos de estos dos pilares. Es necesario demostrar, con pruebas fehacientes, que la NCA subyacente es en realidad inaplicable o que no se está violando incluso si es aplicable; o bien, es necesario demostrar que no es probable que el demandante sufra un daño inmediato y que, por lo tanto, la orden judicial preliminar no es necesaria. Como ocurre con cualquier tipo de defensa, cuanto más convincentes sean las pruebas, más probabilidades habrá de que el caso tenga éxito. Esto significa que el uso de pruebas que incluyan cifras concretas, jurisprudencia previa y otras cosas concretas tenderá a producir un mejor resultado.
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